domingo, 5 de junio de 2022

Andalucía permitirá en el aguardo de jabalí dispositivos de visión nocturna no acoplados al arma y sin sistema de puntería. Cazawonke. 3 de junio 2022.

 Origen

El pasado 1 de junio se publicó en el BOJA la Resolución «por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdo asilvestrado, en Andalucía».


La Resolución dice que «conscientes ante la problemática debido al aumento de las poblaciones de jabalí y cerdo asilvestrado, desde el 2014 las Consejerías competentes en materia de caza y ganadera, conjuntamente vienen adoptando medidas de carácter excepcional por daños en términos municipales de varias provincias andaluzas».

Estas medidas excepcionales se establecen «con el fin de evitar en la medida de lo posible los riesgos sanitarios y el deterioro de los ecosistemas, la ganadería, la agricultura y el propio medio urbano».

«Las actuaciones propuestas en el área de emergencia en materia de caza y de sanidad animal, están encaminadas a controlar las poblaciones de jabalí y la erradicación de una población genéticamente alterada, caso de una especie exótica invasora como es el cerdo asilvestrado».

El caso del aguardo nocturno

La Resolución estable los períodos hábiles de aplicación de la emergencia en la temporada 2022-2023.

Así como las modalidades y procedimientos de captura permitidos para el caso del jabalí y cerdo asilvestrado.

No habrá cupo de capturas tanto de ambos sexos, aunque se recomienda abatir «prioritariamente hembras adultas y sub-adultas en todas sus edades».

Para terrenos cinegéticos de caza mayor se estable el siguiente periodo para los aguardos:

«Con carácter general desde el 1 de agosto de 2022 al 30 de marzo de 2023 para las modalidades de aguardo y aguardo nocturno…».

Se permitirán atrayentes no contaminantes y dispositivos de visión nocturna no acoplados al arma y sin sistema de puntería

Entre las novedades destacar:

«…Permitiéndose excepcionalmente el empleo de sustancias olorosas atrayentes no contaminantes o nocivos para el medio natural como extractos de alimentos o plantas o derivados de la orina, el aporte, puntual y concentrado en una sola localización, de alimento vegetal o en pienso en el entorno al puesto de aguardo con una antelación máxima de 3 días a la celebración del aguardo».

Además de:

«Para facilitar la identificación de los ejemplares de jabalí y cerdo asilvestrado, la eficacia en el disparo y seguridad de las personas, se podrá utilizar con carácter excepcional, el visor convencional/óptico de aumentos, así como dispositivos para iluminación de blancos o de visión nocturna siempre que estos no estén provistos de sistemas de puntería o acoplados al arma, para su uso previo al disparo durante la práctica de la modalidad del aguardo nocturno».

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